Laboral, contable y fiscal

Laboral

Nos encargamos de realizar las gestiones en el ámbito laboral de una empresa, además de asesorar a los directivos de éstas para que cumplan con la normativa vigente en esta materia.

En otras palabras, nos dedicamos a la gestión de todos aquellos aspectos que tengan relación con los trabajadores, como los siguientes:

Contratos y altas

Elaborar y tramitar los contratos de los trabajadores, así como las altas en la Seguridad Social.

Bajas

Gestionar las bajas laborales que se produzcan, como por ejemplo por accidente laboral o enfermedad.

Despidos

Nos encargamos de la tramitación de los despidos.

Intermediarios

Actuamos como intermediario o consejero en casos de conflicto.

Información

-Informamos sobre las obligaciones laborales de la empresa.

Nóminas

Gestión de las nóminas, así como los reajustes que se hagan.

ERTE

Tramitación de ERTE ́s, concurso de acreedores y/o de las deudas que existan en relación con los trabajadores y la empresa.

Trámites

Nos encargamos de realizar los trámites relacionados con la jubilación, declaraciones de incapacidad o invalidez. También te asesoramos sobre la conveniencia de la prejubilación.

Normas

Procuramos que se cumplan las normas vigentes para salvaguardar los intereses de las partes, tanto de los trabajadores como de los empresarios o la empresa.

Contable y fiscal

Con ayuda de la tecnología optimizamos el trabajo, economizando el tiempo invertido en las gestiones más relevantes para tu negocio. 

Facturación

No necesitas venir presencialmente para presentar las facturas. Podemos asesorarte y hacer un seguimiento de tu negocio sin tener que acudir a nuestra oficina. También podemos elaborar tus facturas y presentarlas a organismos públicos (FaCe).

Contabilidad

Te ayudamos a que el rendimiento de tu negocio sea óptimo, siendo muy estrictos en el seguimiento de su rentabilidad, sin fisuras que provoquen pérdidas económicas (mejor tributación para tu negocio, llevando una contabilidad exhaustiva).

Renta

Gestionamos tu declaración de la renta IRPF. Esta declaración se presenta anualmente para aquellas personas físicas residentes en España. Es importante que te asesores para conocer las deducciones a aplicar pues de ello puede derivar un resultado a pagar o a devolver.

Presentamos impuestos

-IRPF, IVA en el caso de los autónomos. Además de otros impuestos afectos a la actividad.
-IVA, IS, IRPF, IAE en el caso de las Sociedades Limitadas, Sociedades Anónimas así como otras personas jurídicas como asociaciones, fundaciones, cooperativas. Además de otros impuestos afectos a la actividad.

Optimización fiscal

Desde la planificación fiscal anticipada hasta el aprovechamiento de incentivos fiscales, implementamos estrategias legales que te permitirán reducir impuestos de manera inteligente. Con nuestra orientación podrás tomar decisiones informadas y maximizar los beneficios fiscales para tu negocio o empresa.

FAQs

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones debe presentarlo toda persona física que reciba un bien o derecho a título lucrativo, siempre y cuando aquello que recibe no esté gravado por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
El impuesto debe abonarse por el heredero, donatario o beneficiario en el plazo de seis meses desde que se adquirió el bien o derecho a título sucesorio o en un mes desde que se obtuvo la donación a través del modelo 650. Se puede presentar
telemáticamente o de forma presencial, con cita previa, en:
– Cualquier Delegación de la Agencia Tributaria de Galicia.
– En las oficinas del distrito hipotecario de Galicia.

Como autónomo tengo obligaciones fiscales que, dependiendo del sistema de tributación, consisten en presentar declaraciones trimestrales y anuales: IRPF, IVA
son los principales pero no los únicos.

Las obligaciones fiscales pueden variar según cuál sea la forma jurídica. Los comunes a todas ellas son el Impuesto de Sociedades, IVA, Retenciones del IRPF, pero no son las únicas obligaciones.

De manera general, conviene pasar de autónomo a sociedad cuando tus beneficios (es decir, la diferencia entre los ingresos y los gastos) se encuentren entre los 40.000 y 60.000 €.

Tienes la posibilidad de trabajar como autónomo y asalariado a la vez. Esta figura se
llama autónomo en pluriactividad y se trata de una situación bastante peculiar, ya que afecta a cómo se cotiza, a las prestaciones que se tiene acceso e incluso a la
jubilación.

Un autónomo colaborador, tal y como el nombre indica, colabora como un empleado
más con el autónomo principal de un negocio y, en este caso, debe ser familiar del
autónomo principal. El hecho de trabajar con un familiar puede ayudar a la empresa, ya que se conocerá con mucha más cercanía el negocio.

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